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Artículo 153 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una persona es detenida y la meten a la cárcel, las autoridades de seguridad (como policías) tienen que actualizar un registro con sus datos, usando el número que le asignaron desde el principio de su detención. Ese registro debe conectarse con la información que ya guardan las autoridades del penal sobre todos los presos. Así, todo queda vinculado y no se pierden datos. Es como asegurarse de que en el sistema esté bien anotado quién entra y por qué.

Texto oficial

Artículo 153. Las instituciones de seguridad ciudadana están obligadas a actualizar el Registro con la información de las personas detenidas que ingresen al sistema penitenciario, con base en el número de registro de la detención de origen. La actualización deberá vincularse con la base de datos a cargo de las autoridades penitenciarias que contengan la información de las personas privadas de su libertad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.