Artículo 154 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las instituciones encargadas de la seguridad en tu colonia o ciudad (como la policía) tienen la obligación de cuidar y proteger los datos personales que están en sus registros. Si alguien ahí viola tu información o la usa mal, se le aplicarán castigos según lo que digan las leyes penales, como multas o hasta cárcel. Básicamente, deben cuidar tus datos como si fueran suyos.
Texto oficial
Artículo 154. Las Instituciones de seguridad ciudadana serán responsables de la administración, guarda y custodia de los datos que integran este registro; su violación se sancionará de acuerdo con las disposiciones previstas en la legislación penal aplicable.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.