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Artículo 34 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe o la jefa de la Coordinación General del Gabinete de Seguridad Ciudadana y Procuración de Justicia tiene varias tareas importantes. Primero, es quien organiza y llama a las juntas del Gabinete. También solo esa persona puede dar permiso para entrar al Sistema de Consulta de Información Criminal, pero primero necesita el visto bueno del Jefe de Gobierno. Además, tiene que llamar y coordinar el trabajo de las Coordinaciones Territoriales, pero lo hace a través de los representantes del Jefe de Gobierno en cada zona de la Ciudad. Por último, debe asegurarse de que esos representantes participen en las juntas de seguridad que se hagan en las Alcaldías.

Texto oficial

Artículo 34. Corresponde a la persona titular de la Coordinación General del Gabinete de Seguridad Ciudadana y Procuración de Justicia: I. Coordinar y convocar a las reuniones del Gabinete; II. Autorizar los accesos al Sistema de Consulta de Información Criminal, previa autorización de la persona titular de la Jefatura de Gobierno; III. Convocar y coordinar los trabajos de las Coordinaciones Territoriales de Seguridad Ciudadana y Procuración de Justicia, a través de las personas representantes de la Jefatura de Gobierno en las Coordinaciones Territoriales de la Ciudad; IV. Coordinar la participación de las personas representantes de la Jefatura de Gobierno en las Coordinaciones Territoriales de la Ciudad de México en las reuniones de los Gabinetes que se realizarán en las Alcaldías de la Ciudad de México; Capítulo III Gabinetes de Seguridad Ciudadana de Demarcaciones Territoriales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.