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Artículo 25 de la LEY DE FOMENTO DE PROCESOS PRODUCTIVOS EFICIENTES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los restaurantes, hoteles, antros y negocios parecidos tienen la obligación de cuidar el agua y la luz, y de usar tecnología y equipos que no dañen el medio ambiente. También deben evitar usar productos que desperdicien recursos o contaminen, como desechables de un solo uso o cosas que no se puedan reciclar. En pocas palabras, estos lugares tienen que hacer un esfuerzo para no gastar de más ni ensuciar el planeta.

Texto oficial

Artículo 25.- Las empresas proveedoras de servicios, tales como restaurantes, lugares de entretenimiento, hoteles, y análogos, deberán adoptar medidas de conservación del agua y la energía, y otras tecnologías y equipo amigables con el medio ambiente, y reducir o evitar el uso y consumo de bienes que desperdicien recursos y contaminen el medio ambiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.