Artículo 40 de la LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Junta de Gobierno es como el grupo que supervisa y toma decisiones importantes para que todo funcione bien. Sus tareas principales son: asegurarse de que el Consejo cumpla su trabajo, aprobar las reglas para las reuniones, fijar las políticas generales, revisar y aprobar el presupuesto y el informe anual del Consejo. También debe crear y aprobar su propio estatuto (es decir, su reglamento interno), aprobar el programa contra la discriminación en la Ciudad de México, elegir a la persona que será la secretaria técnica, y hacer cualquier otra cosa que le pida la ley.
Texto oficial
Artículo 40.- Son facultades de la Junta de Gobierno I. Velar por el cumplimiento de las atribuciones del Consejo; II. Aprobar el reglamento de sesiones del Consejo; III. Establecer las políticas generales para la conducción del Consejo; IV. Aprobar el proyecto de presupuesto que someta a su consideración del Consejo; V. Aprobar el informe anual de actividades del Consejo; VI. Elaborar y aprobar el Estatuto Orgánico del Consejo; VII. Aprobar el Programa para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México; VIII. Aprobar el Reglamento de la Asamblea Consultiva; IX. Nombrar a la persona Secretaria Técnica de este órgano de administración, de conformidad con lo que establezca el Estatuto Orgánico del Consejo; y X. Las demás que le deriven de la presente Ley y de las normas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.