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Artículo 30 del REGLAMENTO PARA EL CONTROL VEHICULAR Y DE LICENCIAS Y PERMISOS PARA CONDUCIR EN EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Seguridad Pública va a tener un sistema en internet o por medios digitales para que tú puedas consultar en cualquier momento tus faltas de tránsito. Ahí vas a poder ver las multas que te han puesto y también los puntos de penalización que te han sumado o quitado de tu licencia de manejo. Es como un historial personal que registra los puntos que acumulas por infracciones. Todo está pensado para que tú mismo verifiques tu situación sin tener que ir a las oficinas.

Texto oficial

Artículo 30. En todo momento, la Secretaría y Seguridad Pública contarán con medios electrónicos de consulta, que permitan a los particulares verificar los datos relativos a las infracciones cometidas, así como al sistema de registro que contendrá el cómputo de los puntos de penalización o anulados que, según sea el caso, hayan sido aplicados a la licencia para conducir. CAPÍTULO IV. DEL SISTEMA DE REGISTRO DE PUNTOS.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.