Artículo 9 del REGLAMENTO PARA EL CONTROL VEHICULAR Y DE LICENCIAS Y PERMISOS PARA CONDUCIR EN EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando registras un carro nuevo, te deben dar las placas, la calcomanía y la tarjeta de circulación el mismo día del trámite. Si tu carro ya tenía placas de otro estado, pueden tardar hasta 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni festivos) para entregarte las nuevas. Esas placas, tarjeta y calcomanía son solo para que tú las uses y las cuides por el tiempo que diga la ley.
Texto oficial
Artículo 9º. Las placas de matrícula, la calcomanía de circulación y la tarjeta de circulación se entregarán para uso, conservación y custodia al interesado, el mismo día en que se realice el trámite de alta de vehículo en el Padrón Vehicular. A los vehículos matriculados en otras entidades federativas se puede añadir para la correspondiente entrega un plazo no mayor de 30 días hábiles, a partir de la fecha de inicio de dicho trámite. El plazo concedido para el uso y custodia de las placas de matrícula, tarjeta de circulación y calcomanía, será el que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables. REGLAMENTO PARA EL CONTROL VEHICULAR Y DE LICENCIAS Y PERMISOS PARA CONDUCIR EN EL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES Página 8 de 20 CAPÍTULO IV. DE LOS PERMISOS PARA CIRCULAR.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.