Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 11 de la LEY PARA LA DONACIÓN ALTRUISTA DE ALIMENTOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas o empresas que donan comida tienen que asegurarse de que los alimentos estén limpios, en buen estado y no estén caducados. También deben informar al gobierno (la Secretaría) cómo van a recibir, guardar y repartir los alimentos, y explicar con qué frecuencia y en qué cantidades los entregarán a los centros que los necesitan. Además, tienen que hacer campañas para crear conciencia sobre la importancia de donar comida. Si el donante quiere, puede quitar la marca del producto, pero debe dejar visible la fecha de caducidad y la información nutricional.

Texto oficial

ARTÍCULO 11.- Corresponde a los Donantes: I. Garantizar que los alimentos en donación se encuentren en condiciones adecuadas de higiene, calidad y previo a su fecha de caducidad. II. Informar a la Secretaría sobre las condiciones y mecanismos de recepción, acopio, conservación y distribución de los alimentos susceptibles de donación altruista, así como de su programa de distribución que considerará; cantidad, variedad y periodicidad de entrega a las instituciones (y/o beneficiarios). III. Elaborar y promover campañas permanentes de sensibilización con temas generales y específicos relativos a la donación de alimentos; ARTÍCULO12.- El Donante puede suprimir la marca de los productos que done cuando así lo estime conveniente, conservando los datos que identifiquen la caducidad de los mismos, su descripción y valor nutricional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.