Artículo 25 de la LEY PARA LA DONACIÓN ALTRUISTA DE ALIMENTOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te imponen una multa o castigo por esta ley, puedes inconformarte y pedir que lo revisen. Para hacerlo, debes seguir los pasos y plazos que marca la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. Esa ley explica cómo presentar tu queja en los artículos 108, 109 y los que siguen. Básicamente, si no estás de acuerdo con la sanción, tienes derecho a pelearle siguiendo esas reglas.
Texto oficial
ARTÍCULO 25. Las sanciones que se impongan con motivo de la aplicación de la presente ley, podrán ser recurridas de acuerdo con los tiempos y procedimientos de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, de conformidad con lo estipulado en los artículos 108, 109 y subsecuentes, de la Ley. CAPÍTULO SEXTO RECURSOS DE INCONFORMIDAD
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.