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Artículo 52 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que un acuerdo del Concejo sea válido, se necesita el voto de la mayoría de los miembros que estén en la junta en ese momento. Pero si una regla especial dice que se requiere más, entonces se necesita el voto de dos de cada tres miembros del Concejo.

Texto oficial

Artículo 52.- Para ser validos los acuerdos del Concejo se requerirá del voto de la mayoría de los miembros del Concejo presentes en sesión, y en los casos en que exista disposición expresa el voto de las dos terceras partes de sus miembros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

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