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Artículo 54 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los acuerdos que tome el Concejo (que es como un grupo de personas que toman decisiones importantes) se aprueban primero en una reunión general. Si hace falta, después se revisan y aprueban más a detalle en grupos más pequeños llamados Comisiones. Esto aplica siempre que se hablen de estos temas: reglamentos (las reglas escritas), convenios (acuerdos con otras personas o grupos), financiamientos (cómo conseguir o usar dinero), y cómo se forman consejos, comisiones, comités u otras organizaciones que ayudan al Concejo.

Texto oficial

Artículo 54.- Los acuerdos del Concejo serán aprobados en lo general durante la sesión, y en caso necesario aprobados en lo particular previa discusión en las Comisiones. Esta disposición aplica en todos los casos en que se discutan los siguientes temas: I.- Reglamentos, II.- Convenios, III.- Financiamientos, e IV.- Integración de Consejos y otros Órganos Colegiados, Comisiones, Comités, Fideicomisos y Organismos Auxiliares.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

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