Artículo 55 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los miembros del Concejo siempre pueden proponer cualquier tema o punto de acuerdo, siempre que tengan una razón válida y esté dentro de lo que el Concejo puede decidir. Para que su propuesta se tome en cuenta en la reunión, deben entregar los documentos, estudios legales y técnicos que la respalden a la Secretaría Técnica. Esto tiene que hacerse al menos tres días antes (72 horas) de la sesión donde quieran que se discuta.
Texto oficial
Artículo 55.- Los miembros del Concejo tendrán en todo momento el derecho de someter a consideración del pleno cualquier asunto o punto de acuerdo debidamente motivado y fundado, siempre y cuando no se rebase la esfera de competencia del Concejo. Para incluirse en el orden del día deberá acompañarse del soporte técnico, jurídico y documental y hacerlo llegar a la Secretaría Técnica por lo menos setenta y dos horas antes de que se celebre la Sesión en que se pretenda discutir.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.