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Artículo 64 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Concejo (que es como el grupo de personas que toman las decisiones de la alcaldía) puede trabajar de dos formas: todos juntos en una reunión general, o repartidos en grupos más pequeños llamados comisiones. Estas comisiones son equipos creados específicamente para revisar y asegurarse de que todo funcione bien en la alcaldía, como que los servicios públicos (agua, basura, alumbrado) se presten correctamente. En pocas palabras, las comisiones ayudan a vigilar que la alcaldía haga bien su chamba.

Texto oficial

Artículo 64.- Para atender y resolver los asuntos de su competencia, el Concejo funcionará en pleno y mediante comisiones. Las comisiones son órganos que se integran con el objeto de contribuir a cuidar y vigilar el correcto funcionamiento de la Alcaldía, en el desempeño de las funciones y la prestación de los servicios públicos que tienen encomendados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

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