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Artículo 67 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los integrantes del Concejo (que son como los representantes de tu zona) pueden revisar cómo está funcionando el gobierno local y proponer ideas para mejorarlo. También pueden tomar decisiones en equipo sobre esos cambios. Aparte, les toca vigilar y checar el área del gobierno que les corresponde, según las comisiones en las que estén metidos.

Texto oficial

Artículo 67.- Los miembros del Concejo podrán estudiar, examinar y hacer propuestas a fin de mejorar el funcionamiento de la Administración Pública de la demarcación y tomar los acuerdos que resulten; además podrán vigilar y supervisar el sector de la Administración Pública que les toque atender a través de las Comisiones en las que participe.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

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