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Ley
LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
122

Artículo 122 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El sistema de seguridad pública incluye al Centro Nacional de Certificación y Acreditación, que es como un jefe que se asegura de que todo esté en orden, y también a los centros de cada institución que se encargan de evaluar y revisar la confianza de los policías y personal de seguridad. Esto aplica tanto para las dependencias federales como para las de la Ciudad de México. En pocas palabras, estas oficinas verifican que los elementos de seguridad sean personas íntegras y aptas para su trabajo.

Texto oficial

Artículo 122. Integran este sistema el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, así como los centros de evaluación y control de confianza de las Instituciones de Seguridad Pública Federales y de Seguridad Ciudadana de la Ciudad.

Ver texto oficial de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 24) ↗

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