Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 86 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando termines tu servicio, debes regresar todo lo que te prestaron o te dieron a cargo, como documentos, equipo, identificaciones o dinero. Tienes que entregarlo a la persona que se encargue de recibirlo y en los formatos que te hayan indicado. Esto incluye cualquier cosa que estuviera bajo tu responsabilidad o cuidado, según las reglas del servicio. Si no lo haces, puede haber consecuencias legales porque es parte de tus obligaciones.

Texto oficial

Artículo 86. Al concluir el servicio, el integrante deberá entregar al funcionario designado para tal efecto, toda la información, documentación, equipo, materiales, identificaciones, valores u otros recursos que hayan sido puestos bajo su responsabilidad o custodia conforme a los formatos establecidos para tal efecto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.