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Artículo 96 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Programa de Profesionalización es un plan que define cómo se debe capacitar y entrenar al personal de la policía y otras instituciones de seguridad. Este plan lo aprueba la persona encargada de la Secretaría de Seguridad y se revisa cada año para mejorarlo, además debe seguir las reglas generales del Consejo Nacional de Seguridad Pública. Las instituciones de seguridad son las responsables de darle a sus trabajadores la formación, los cursos y la actualización que necesiten. Todo esto se hace siguiendo ese programa de profesionalización.

Texto oficial

Artículo 96. El Programa de Profesionalización es el instrumento en el que se establecen los lineamientos, programas, actividades y contenidos mínimos para la profesionalización del personal de las Instituciones de Seguridad Ciudadana. Dicho Programa será aprobado por el o la Secretaria y será revisado anualmente para su mejora continua y deberá apegarse al Programa Rector de Profesionalización aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública; Las Instituciones de Seguridad Ciudadana serán responsables de la formación, capacitación y actualización de sus integrantes. Estas actividades se realizarán conforme al Programa de Profesionalización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.