Artículo 29 de la LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La adscripción es básicamente asignar a los policías de Proximidad a diferentes áreas o equipos de trabajo. Para decidir a dónde los mandan, toman en cuenta su rango (qué tan alto están en la jerarquía) y su especialidad (si tienen habilidades específicas, como en tránsito o investigación). Esto significa que no los ponen en cualquier lugar, sino donde encajen según su preparación y nivel. Así se aseguran de que cada quien haga lo que sabe hacer.
Texto oficial
Artículo 29.- La adscripción de los integrantes de los cuerpos policiales de la Policía de Proximidad a las diversas Unidades, agrupamientos y servicios, se determinará considerando su Grado Jerárquico y especialidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.