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Artículo 29 de la LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La adscripción es básicamente asignar a los policías de Proximidad a diferentes áreas o equipos de trabajo. Para decidir a dónde los mandan, toman en cuenta su rango (qué tan alto están en la jerarquía) y su especialidad (si tienen habilidades específicas, como en tránsito o investigación). Esto significa que no los ponen en cualquier lugar, sino donde encajen según su preparación y nivel. Así se aseguran de que cada quien haga lo que sabe hacer.

Texto oficial

Artículo 29.- La adscripción de los integrantes de los cuerpos policiales de la Policía de Proximidad a las diversas Unidades, agrupamientos y servicios, se determinará considerando su Grado Jerárquico y especialidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.