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Artículo 111 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La CAPTRALIR (la empresa o patrón) tiene que hacer todo lo posible para evitar accidentes de trabajo. Por eso, debe tener botiquines, personal de primeros auxilios y consultorios con doctores y enfermeras autorizados por una Comisión, además de todo lo necesario para atender emergencias durante la jornada laboral. Tú, como trabajador, estás obligado a seguir siempre las medidas de seguridad que puedas aplicar. Esto incluye usar el equipo de protección (como cascos, guantes o lentes) que te dé la empresa, de acuerdo con lo que dice el reglamento interno.

Texto oficial

ARTÍCULO 111.- La CAPTRALIR realizará todas las actividades que estén a su alcance para prevenir y evitar la realización de riesgos de trabajo, para tal fin deberán existir botiquines, servicios de primeros auxilios, incluyendo consultorios médicos dotados con enfermeras y médicos que dictamine la Comisión Central, así como los recursos indispensables para atender los casos de emergencia que llegaren a presentarse durante el desempeño de sus labores. Por su parte, los trabajadores estarán obligados a observar invariablemente todas las medidas preventivas de seguridad que les sea posible, utilizando en consecuencia, los equipos, accesorios y dispositivos de protección adecuados a cada actividad que le otorgue la CAPTRALIR, con apego a este Reglamento Interno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.