Artículo 124 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que si tú como trabajador te enfermas y faltas al trabajo, pero presentas el justificante médico, igual tienes derecho a los premios que te corresponden según las reglas anteriores. Esto aplica siempre y cuando no faltes más de 8 días hábiles (o sea, que no cuentan sábados, domingos y días festivos) en un semestre. En pocas palabras, la ley te protege para que no pierdas esos beneficios solo por estar enfermo, siempre que no te pases de los días permitidos.
Texto oficial
ARTÍCULO 124.- Los premios a que se refieren los dos artículos anteriores, se otorgarán al trabajador aún cuando falte por enfermedad debidamente comprobada hasta por ocho días hábiles en el semestre.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.