Artículo 142 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si faltas al trabajo sin una buena razón, pierdes el derecho a que te paguen los días que no trabajaste. Si avisas y justificas tu falta con un motivo válido (como una emergencia o enfermedad), sí te pagan. Pero si no das explicaciones o tu excusa no es aceptada, esos días se descuentan de tu salario.
Texto oficial
ARTÍCULO 142.- Las faltas injustificadas del trabajador a sus labores lo privarán del salario correspondiente a las jornadas no laboradas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.