Artículo 156 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La empresa CAPTRALIR no puede discriminarte por lo que creas o no creas en materia religiosa, ni por tus preferencias sexuales. Esto significa que nadie te puede tratar mal, negarte un trabajo o despedirte por ser gay, lesbiana, bisexual, trans o por tener cualquier religión. Simplemente, la ley les exige que respeten quién eres sin meterte en problemas por eso.
Texto oficial
ARTÍCULO 156.- La CAPTRALIR respetará: a) La libertad de credo de los trabajadores. b) La preferencia sexual de los trabajadores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.