Artículo 18 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que ya te dieron el trabajo por escrito, pero si no te presentas a trabajar dentro de los tres días siguientes de haber recibido la orden de presentarte, ese nombramiento ya no sirve, se cancela. Es decir, si te avisan: "Preséntate el lunes" y no llegas para el jueves, pierdes el derecho al puesto.
Texto oficial
ARTÍCULO 18.- El nombramiento quedará insubsistente, si el trabajador no toma posesión dentro de los tres días siguientes. El plazo contará a partir de la fecha en que el trabajador haya recibido la orden de presentación. Capítulo Segundo DE LA SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL NOMBRAMIENTO
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