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Artículo 18 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagina que ya te dieron el trabajo por escrito, pero si no te presentas a trabajar dentro de los tres días siguientes de haber recibido la orden de presentarte, ese nombramiento ya no sirve, se cancela. Es decir, si te avisan: "Preséntate el lunes" y no llegas para el jueves, pierdes el derecho al puesto.

Texto oficial

ARTÍCULO 18.- El nombramiento quedará insubsistente, si el trabajador no toma posesión dentro de los tres días siguientes. El plazo contará a partir de la fecha en que el trabajador haya recibido la orden de presentación. Capítulo Segundo DE LA SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL NOMBRAMIENTO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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