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Artículo 71 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo enumera las obligaciones que tienes como trabajador. Básicamente, debes llegar a tiempo, registrar tu entrada y traer siempre tu credencial de identificación. También tienes que hacer tu trabajo con cuidado y siguiendo las instrucciones de tus jefes, además de mantener en secreto la información que manejes. Otras responsabilidades son cuidar el equipo de trabajo, avisar si alguien se accidenta y tratar bien al público. Por último, debes actualizar tus datos personales si cambias de domicilio y cumplir con las comisiones de trabajo que te asignen por escrito.

Texto oficial

ARTÍCULO 71.- Son obligaciones de los trabajadores: Fracción I.- Asistir puntualmente a sus labores y registrar asistencia a través de los mecanismos establecidos en este Reglamento Interno. Fracción II.- Portar a la vista para su ingreso a su centro de trabajo y durante su jornada laboral, la credencial única que le expida a su favor la CAPTRALIR, de acuerdo a los lineamientos que a afecto emita la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal. Fracción III.- Desempeñar sus labores con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, sujetándose a la dirección e instrucciones de sus jefes en las Unidades Administrativas de su adscripción y a las Leyes y Reglamentos vigentes. Fracción IV.- Guardar reserva de los asuntos, documentos, información, archivos documentales o digitales de que tenga conocimiento o acceso con motivo de su trabajo, sin menoscabo de lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública y Datos Personales. Fracción V.- Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad, la de sus compañeros y superiores así como guardar respeto a la vida privada de los mismos. Fracción VI.- Asistir a los cursos y actividades en materia de capacitación, adiestramiento y especialización para mejorar su preparación y eficiencia, dentro del horario de labores que tenga establecido el propio trabajador. Fracción VII.- Manejar apropiada y honestamente los documentos, correspondencia, valores y efectos que se le confíen con motivo de su trabajo. Fracción VIII.- Cuidar y conservar en buen estado los muebles, máquinas, útiles y equipos de trabajo que se le proporcionen para el desempeño de su trabajo de tal manera que solo sufran el desgaste propio de su uso normal, debiendo informar a sus superiores inmediatos los desperfectos causados en los citados bienes, tan pronto como los advierta. Fracción IX.- Avisar a sus superiores de los accidentes que sufran sus compañeros y notificarlo al área de Recursos Humanos para el levantamiento del Acta y seguir los trámites correspondientes. Fracción X.- Tratar con cortesía y diligencia al público. Fracción XI.- Cumplir con las comisiones que se les encomienden por escrito en lugar distinto del que desempeñe habitualmente sus labores, teniendo derecho a que se les proporcione los gastos de viaje en los términos del artículo 65 fracción 5 de este Reglamento Interno. Fracción XII.- Abstenerse de hacer extrañamientos o amonestaciones en público a sus compañeros. Fracción XIII.- Acudir a los exámenes médicos que tenga como objeto preservar la buena salud, dentro de los programas que establezca para este fin o cuando así lo instruya la CAPTRALIR. Fracción XIV.- Registrar y mantener actualizados sus datos básicos personales, notificar en el caso de cambiar de domicilio, su nueva dirección a la Unidad de Recursos Humanos de la CAPTRALIR, dentro de los 15 días siguientes. Fracción XV.-. Dar cumplimiento a los que establece el artículo 3 de la Ley de Educación Física y Deporte del Distrito Federal, a través del programa que implemente la CAPTRALIR. Fracción XVI.- Observar buenas costumbres dentro del Servicio. Fracción XVII.- En caso de renuncia o cambio de adscripción entregar con anticipación, los expedientes, fondos, valores y bienes cuya atención, administración o guarda estén en sus cuidados en los términos de las disposiciones legales aplicable. Fracción XVIII.- Cumplir con las demás obligaciones que les impone la Ley Federal del Trabajo y este Reglamento Interno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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