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Artículo 15 de la LEY DE IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de las Mujeres será la encargada de organizar y dirigir todo lo que haga el Sistema, pero sin meterse en lo que ya le toca hacer por ley a otras dependencias. Además, esta Secretaría va a publicar las reglas sobre cómo debe funcionar el Sistema y cómo conectarlo con otros sistemas parecidos a nivel estatal o federal. En pocas palabras, ella pone el orden y las bases para que todo se coordine bien.

Texto oficial

Artículo 15.- La Secretaría de las Mujeres, coordinará, las acciones que el Sistema genere, sin perjuicio de las atribuciones y funciones contenidas en su ordenamiento, y conforme al artículo anterior, expedirá las reglas para la organización y el funcionamiento del mismo, así como las medidas para vincularlo en otros de carácter local o nacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.