LEY DE IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica para todos en la Ciudad de México y nadie puede ignorarla. Su objetivo es que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades en la vida diaria, tanto en el trabajo como en la casa. Para lograrlo, busca acabar con cualquier trato injusto hacia las mujeres y pone reglas para que las autoridades cumplan con esto. También obliga a tomar medidas especiales que ayuden a las mujeres a estar en igualdad de condiciones.
- Art. 2Este artículo dice que, para aplicar esta ley, se deben seguir principios como la igualdad real entre personas, la equidad de género (trato justo para mujeres y hombres) y la no discriminación. También se toman en cuenta los mismos principios que ya están en la Constitución de México, la de la Ciudad de México, los tratados internacionales firmados por México, y otras leyes federales y locales. En pocas palabras, es como una lista de valores que hay que respetar siempre.
- Art. 3Todas las personas que vivan o estén en la Ciudad de México tienen los derechos que protege esta ley, sin importar su situación. Esto aplica especialmente si estás en una situación de desventaja o si alguien te está tratando injustamente por no respetar la igualdad. En pocas palabras, si alguien te discrimina o te pone en una posición más difícil por quien eres, esta ley te cubre. La ley te protege solo si la desigualdad o el maltrato pasan dentro de la Ciudad de México.
- Art. 4Este artículo dice que si en esta ley no se menciona algo sobre un tema, se usarán otras leyes para resolverlo, como la Constitución de México, la de la Ciudad de México, leyes contra la discriminación, de derechos humanos y tratados internacionales firmados por México. También explica que al interpretar esta ley, siempre se debe favorecer la protección más amplia de las personas, aplicando las normas que más beneficien sus derechos y dejando de lado las que los reduzcan.
- Art. 5Este artículo define varios conceptos clave de una ley. "Acciones afirmativas" son medidas temporales para acelerar la igualdad entre hombres y mujeres, mientras exista desigualdad. "Brecha Salarial de Género" es la diferencia de sueldo entre un hombre y una mujer que hacen el mismo trabajo, solo por ser mujer. "Igualdad sustantiva" significa que todas las personas tengan las mismas oportunidades y trato para ejercer sus derechos. "Perspectiva de Género" es una forma de analizar y corregir la discriminación hacia las mujeres, que a veces se justifica con las diferencias biológicas. "Transversalidad" es una herramienta para asegurar que la igualdad de género se incluya en todas las leyes, políticas y acciones del gobierno.
- Art. 6Este artículo dice que la igualdad entre mujeres y hombres significa que nadie debe ser tratado mal o tener menos oportunidades por ser mujer u hombre, ni por su identidad de género. Prohíbe tanto la discriminación directa (como no contratar a alguien por ser mujer) como la indirecta (por ejemplo, reglas que parecen neutrales pero afectan más a un género). Esta igualdad busca proteger la dignidad de las personas, sobre todo cuando la discriminación viene por estar embarazada, por tener responsabilidades en la familia o por el estado civil (si eres soltero, casado, etc.). En pocas palabras, la ley busca que todas las personas tengan los mismos derechos y oportunidades, sin importar su género.
- Art. 7La persona que sea jefa o jefe de Gobierno de la Ciudad de México puede firmar acuerdos con otras instituciones, siempre a través de la Secretaría de las Mujeres. El objetivo es que, en todo el trabajo del gobierno, se tome en cuenta la igualdad entre hombres y mujeres en cada decisión o programa. También se busca que distintas dependencias trabajen juntas y se pongan en marcha acciones especiales para ayudar a grupos que han sido discriminados. Por último, se quiere promover que mujeres y hombres participen por igual en decisiones importantes, tanto en el gobierno como en la vida diaria, incluyendo la familia, el trabajo, la política y el deporte.
- Art. 8El jefe de gobierno de la Ciudad de México tiene la obligación de crear y revisar las reglas para que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades en todos los aspectos de la vida en la ciudad. También debe asegurarse de que todas las dependencias del gobierno trabajen juntas para lograr esa igualdad, apoyándose en la Secretaría de las Mujeres. Le toca poner en marcha programas y medidas especiales que ayuden a grupos que han sido excluidos, como las mujeres. Además, puede firmar acuerdos con otras instituciones para dar a conocer esta ley y vigilar que se cumpla tanto en el gobierno como en empresas y espacios privados. Por último, tiene otras obligaciones que le marca esta misma ley o leyes relacionadas.
- Art. 9La Secretaría de las Mujeres tiene la tarea de crear condiciones para que no haya discriminación y haya igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos, como el trabajo, la política, la familia y la cultura. También debe impulsar acciones que aseguren esas mismas oportunidades, tanto en el gobierno como en empresas y organizaciones de la sociedad. Además, tiene que colaborar con instituciones públicas y privadas para que se cumpla la ley, firmar acuerdos necesarios y ayudar a diseñar políticas de igualdad entre mujeres y hombres en la Ciudad de México. La Secretaría debe revisar cómo se aplica la ley, coordinar las acciones de igualdad y evaluar si los puestos de elección popular tienen la misma cantidad de hombres y mujeres. Por último, cada año debe hacer un programa para informar cada tres meses a la gente sobre los derechos de las mujeres y la equidad de género.
- Art. 9 BisLas personas que están al frente de las Alcaldías tienen la obligación de echar a andar acciones y programas para que haya igualdad real entre mujeres y hombres en sus oficinas. Deben coordinarse con la Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad para que esta política se aplique en todas las áreas, con ayuda de la Secretaría de las Mujeres y la Comisión de Derechos Humanos. También tienen que revisar que haya la misma cantidad de mujeres y hombres en los puestos públicos, asegurarse de que les paguen igual por el mismo trabajo y ayudar a que las mujeres puedan trabajar y tener una vida económica plena. Además, deben firmar los acuerdos necesarios para cumplir con todo esto, y hacer lo que más digan la ley y otros reglamentos.
- Art. 10El artículo 10 dice que todos los niveles de gobierno en la Ciudad de México deben seguir estas reglas para lograr la igualdad real entre mujeres y hombres. Por ejemplo, tienen que planear su presupuesto considerando las necesidades de ambos géneros, asegurar que haya la misma cantidad de mujeres y hombres en puestos políticos y garantizar que reciban el mismo salario por el mismo trabajo. También deben crear programas para eliminar la violencia de género, proteger los derechos sexuales y reproductivos, y acabar con los estereotipos que limitan a las personas. Además, las autoridades tienen que promover que tanto en el trabajo como en la casa haya una repartición justa de responsabilidades, como el cuidado de los hijos y las labores domésticas.
- Art. 11El artículo 11 dice que hay tres herramientas principales para lograr que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades y derechos en la Ciudad de México. La primera es un sistema especial que coordina los esfuerzos entre distintas dependencias para garantizar esa igualdad. La segunda es un programa general que busca evitar que las mujeres sean discriminadas y les abre más oportunidades. La tercera es que va a haber vigilancia o supervisión constante para asegurarse de que todo lo anterior se cumpla de verdad. En pocas palabras, son los mecanismos que usa el gobierno para que la igualdad entre hombres y mujeres no sea solo un discurso.
- Art. 12La Secretaría de las Mujeres es la encargada de organizar y poner en marcha el Sistema y el Programa. Ella decide cómo se hacen las cosas y se asegura de que se cumplan. En pocas palabras, esta dependencia es la que lleva el timón de todo el asunto.
- Art. 13La Secretaría de las Mujeres se va a encargar de vigilar que todos los planes y acciones para lograr la igualdad real entre mujeres y hombres en la Ciudad de México funcionen de manera coordinada. Esto no quita que la Secretaría siga teniendo las facultades que ya le da su propia ley. En pocas palabras, su labor es asegurarse de que todas las dependencias trabajen juntas para que haya igualdad sustantiva, que significa igualdad de oportunidades y resultados, no solo en el papel.
- Art. 14Este artículo crea un sistema de trabajo en equipo entre varias dependencias del gobierno de la Ciudad de México, organizaciones de la sociedad civil y universidades. Su objetivo es que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades y derechos reales en la ciudad, no solo en el papel. Este sistema será coordinado por la Secretaría de las Mujeres y debe incluir a las secretarías de Bienestar, Economía, Trabajo y Salud, así como a la Fiscalía, el Congreso, el Tribunal de Justicia, la Comisión de Derechos Humanos y otras 14 instituciones. También participarán cuatro representantes de organizaciones ciudadanas y escuelas. El grupo se reunirá al menos cada tres meses y las decisiones se tomarán con el voto de la mayoría de los presentes.
- Art. 15La Secretaría de las Mujeres será la encargada de organizar y dirigir todo lo que haga el Sistema, pero sin meterse en lo que ya le toca hacer por ley a otras dependencias. Además, esta Secretaría va a publicar las reglas sobre cómo debe funcionar el Sistema y cómo conectarlo con otros sistemas parecidos a nivel estatal o federal. En pocas palabras, ella pone el orden y las bases para que todo se coordine bien.
- Art. 16Este artículo dice que el Sistema de Igualdad tiene once tareas principales. Primero, debe crear reglas básicas para asegurar que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades y así acabar con la violencia y discriminación por ser hombre o mujer. También tiene que revisar que las leyes locales estén actualizadas según los acuerdos internacionales y evaluar los programas del gobierno en este tema. Además, debe vigilar que las oficinas públicas de la Ciudad de México cumplan la ley, recomendar cómo reparar el daño cuando alguien sufra discriminación y decidir si hace falta más presupuesto cuando haya desigualdad de oportunidades. Por último, tiene que platicar con la sociedad civil, capacitar a los servidores públicos, pedir a los medios de comunicación que muestren una imagen igualitaria de mujeres y hombres, y dar un reconocimiento a las empresas que más se esfuercen por la igualdad.
- Art. 17La Secretaría de las Mujeres será la encargada de hacer el programa que busca que las mujeres tengan las mismas oportunidades y no sean discriminadas. Para crearlo, van a tomar en cuenta las necesidades de toda la Ciudad de México y también las diferencias que existen entre cada alcaldía o zona. Este programa tiene que estar alineado con el plan general de desarrollo del gobierno de la ciudad. Además, el programa va a definir los objetivos, estrategias y acciones más importantes para lograr la igualdad. También buscará que todos los demás programas del gobierno (como los de salud, educación o seguridad) incluyan estas reglas y criterios.
- Art. 18Cada año, la Secretaría de las Mujeres tiene la obligación de checar cómo va el Programa y ver si está funcionando bien. Esto significa que deben analizar los resultados y decidir si se necesita cambiar algo. La revisión se hace para asegurarse de que se estén logrando los objetivos y se esté atendiendo correctamente a las mujeres. Es como un chequeo que se hace cada año para mejorar.
- Art. 19Los informes que cada año debe entregar la Jefatura de Gobierno de la CDMX tienen que incluir cómo va el avance del Programa de Igualdad Sustantiva entre mujeres y hombres. También deben decir qué otras acciones se hicieron para cumplir con lo que pide esta ley sobre igualdad de género. La idea es que la ciudadanía pueda checar si realmente están cumpliendo con lo prometido y cómo está el asunto.
- Art. 20Este artículo dice que todo lo que haga el gobierno con esta ley debe enfocarse en que mujeres y hombres tengan igualdad real, no solo en el papel. Es decir, que no basta con que la ley diga que son iguales, sino que se tomen medidas para que en la práctica tengan las mismas oportunidades, derechos y trato. Por ejemplo, que una mujer pueda ganar lo mismo que un hombre en el mismo puesto o que no sea discriminada por ser mujer.
- Art. 21Las dependencias del gobierno están obligadas a garantizar que mujeres y hombres tengan los mismos derechos, tal como lo marca la Constitución y los tratados internacionales que México ha firmado. Esto significa que nadie puede ser tratado de forma diferente o sufrir represalias por su sexo, y si alguien denuncia discriminación, no le pueden aplicar castigos o trabas para resolver su queja. También se debe promover que en el hogar, el trabajo y la familia haya una convivencia equilibrada, por ejemplo, dando permisos de maternidad o paternidad iguales a quienes adoptan, para que padres y madres compartan responsabilidades. Además, el gobierno debe informar a todos sobre estas reglas y garantizar que nadie viva con violencia, estereotipos de género o reciba menos sueldo por ser mujer u hombre.
- Art. 22El objetivo de esta ley es lograr que, en la vida económica, mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades y derechos de manera real, no solo en el papel. Las autoridades y dependencias del gobierno deben asegurarse de que tanto las personas como las empresas que generan empleos cumplan con esta ley. Para eso, tienen que tomar acciones para que no haya discriminación laboral entre hombres y mujeres, como pagar diferente por el mismo trabajo o negar oportunidades por género.
- Art. 23El artículo 23 dice que todas las oficinas del gobierno deben hacer varias cosas para que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades de trabajo. Tienen que investigar por qué las mujeres no encuentran empleo tan fácil y eliminar esas barreras, promover que haya igualdad de sueldos entre hombres y mujeres, y capacitar a quienes estén rezagados por su sexo. También deben evitar que discriminen a las mujeres cuando se asignan jefaturas o se toman decisiones importantes, y asegurarse de que haya presupuesto para cumplir con estas reglas. Además, tienen que lanzar campañas para que se contrate a más mujeres, hacer programas contra la pobreza pensando en las necesidades de ellas, y garantizar que cualquier persona pueda denunciar si sufre discriminación o acoso en el trabajo. Por último, las empresas también deben compartir sus planes de igualdad, y el gobierno debe darle acceso a esa información a quien la pida.
- Art. 24Las oficinas del gobierno y las instituciones públicas tienen que crear reglas y formas para que tanto mujeres como hombres participen de manera justa en las decisiones importantes del país,
- Art. 25Los gobiernos, el Congreso y otras oficinas públicas deben hacer varias cosas para lograr la igualdad entre hombres y mujeres. Una es que al hacer leyes, poco a poco tomen en cuenta las necesidades y realidades de cada género. También tienen que asegurar que la educación sea igualitaria, sin ideas fijas de lo que deben hacer o ser los hombres y las mujeres. Además, deben crear reglas para que haya más equilibrio entre mujeres y hombres en puestos de elección popular, dentro de los partidos políticos, y en cargos directivos de las Alcaldías. Por último, está la obligación de llevar cuentas separadas por sexo de quiénes ocupan puestos importantes, y de aplicar la misma cantidad de hombres y mujeres al contratar o ascender en el servicio público de la Ciudad de México.
- Art. 26Este artículo dice que, para asegurar que todas las personas tengan las mismas oportunidades, se deben hacer tres cosas. Primero, que todos conozcan y entiendan las leyes que protegen el bienestar social. Segundo, al crear y revisar cualquier programa o actividad, se debe considerar cómo afecta de manera distinta a hombres y mujeres, para que no haya ventajas para nadie. Tercero, hay que medir si esas actividades funcionan y publicar los resultados en internet, para que cualquier persona pueda verlos fácilmente y sin trucos. Todo esto se debe hacer respetando la ley que protege tus datos personales.
- Art. 27Para cumplir con lo que dice el artículo anterior, el gobierno federal, estatal y municipal (los tres niveles) deben hacer lo siguiente: revisar que las leyes de desarrollo social se apliquen bien y estén de acuerdo con tratados internacionales; dar a conocer esas leyes y las decisiones de los jueces sobre el tema; informar a la gente sobre sus derechos y cómo exigirlos; tratar por igual a mujeres y hombres en los programas de protección social; crear reglas para que las políticas de desarrollo tomen en cuenta la realidad de las mujeres, para lo cual harán un estudio de sus necesidades; apoyar programas que mejoren la salud, educación y alimentación de las mujeres; capacitar al personal de salud en igualdad de género para atender casos de violencia; hacer campañas para que tanto hombres como mujeres compartan las tareas del hogar y el cuidado de familiares; y mejorar poco a poco los servicios de cuidado para que niñas y niños se desarrollen bien.
- Art. 28Este artículo dice que, para lograr ciertos objetivos, se van a hacer tres cosas principales. Primero, van a revisar las leyes que ya existen sobre igualdad entre mujeres y hombres para ver si funcionan bien. Segundo, van a impulsar que los derechos de las mujeres se vean como derechos humanos que le pertenecen a todas las personas. Y tercero, van a trabajar para acabar con todo tipo de violencia que se cometa contra alguien por su género.
- Art. 29Este artículo dice qué cosas deben hacer las autoridades del gobierno para lograr que haya igualdad entre hombres y mujeres. Tienen que mejorar los sistemas para revisar que paguen lo mismo a todos por el mismo trabajo, hacer investigaciones sobre salud y seguridad en el trabajo tomando en cuenta las diferencias entre hombres y mujeres, y capacitar a jueces y policías en el tema. También deben platicar con la ciudadanía sobre las leyes de igualdad, colaborar con grupos de la sociedad y otros países para defender los derechos humanos, y proponer nuevas leyes y programas para acabar con la desigualdad. Además, tienen que asegurarse de atender a las víctimas de violencia contra las mujeres, crear formas de repartir mejor las responsabilidades en la casa, y hacer estudios sobre cómo prevenir y eliminar la violencia para que toda la gente los conozca.
- Art. 30Las oficinas del gobierno de la Ciudad de México deben trabajar para eliminar las ideas fijas o creencias (estereotipos) que hacen que las mujeres sean tratadas mal o con violencia. Esto significa que ya no se vale justificar la discriminación con frases como "así son las mujeres" o "ellas tienen la culpa". El objetivo es que todas las mujeres sean tratadas con respeto y sin prejuicios.
- Art. 31Este artículo dice que las autoridades deben hacer cuatro cosas para lograr la igualdad entre mujeres y hombres. Primero, deben acabar con la discriminación y los estereotipos que se basan en el sexo de las personas. Segundo, tienen que hacer campañas para que todas y todos entendamos por qué es importante que mujeres y hombres tengan los mismos derechos. Tercero, deben incluir la perspectiva de género (es decir, considerar las necesidades distintas de hombres y mujeres) en todas las leyes y programas del gobierno de la Ciudad de México. Por último, deben promover que usemos un lenguaje que no discrimine, como decir "ciudadanos y ciudadanas" en vez de solo "ciudadanos".
- Art. 32Este artículo dice que cualquier persona puede pedirle a las autoridades y oficinas del gobierno de la Ciudad de México que le den información sobre las reglas, planes y herramientas que existen para que mujeres y hombres tengan los mismos derechos y oportunidades. El gobierno está obligado a darte esa información, pero antes tienes que cumplir con los requisitos que marca la ley, como llenar un formato o hacer la solicitud de manera oficial.
- Art. 33El Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría de las Mujeres, va a impulsar que tú y la ciudadanía en general participen activamente en cómo se crean, aplican y revisan los programas para lograr la igualdad entre mujeres y hombres. Esto significa que no solo el gobierno decide, sino que la gente puede opinar y ayudar a mejorar estas iniciativas. La idea es que todos colaboremos en cada etapa: desde planear hasta evaluar si las cosas funcionan. Así, las políticas públicas se hacen con la voz de la comunidad, no nada más desde un escritorio.
- Art. 34Este artículo dice que el Gobierno de la Ciudad de México y sus oficinas pueden hacer acuerdos con empresas, organizaciones sociales o con otras instituciones del gobierno (como escuelas o hospitales) para apoyar la igualdad entre mujeres y hombres. En estos acuerdos se pueden tratar temas como los que ya están en los planes de igualdad de la ciudad, y también ayudar a vigilar que se cumplan las reglas y a realizar las acciones que marca esta ley.
- Art. 35La Secretaría de las Mujeres es la que se va a encargar de revisar y verificar que en la Ciudad de México sí se esté cumpliendo con la igualdad real entre mujeres y hombres. Esto lo hará siguiendo lo que dice esta ley y usando los mecanismos de coordinación que ya existen. O sea, van a estar checando que las cosas sí estén funcionando y que no se quede solo en el papel.
- Art. 36La Secretaría de las Mujeres va a tener un sistema donde guarde y organice información para saber cómo vamos en el tema de la igualdad entre hombres y mujeres en la Ciudad de México. También servirá para ver si las acciones y programas del gobierno están funcionando o no en este asunto. Este sistema ayudará a entender qué tanto se está avanzando y qué falta por hacer. Así, se podrán tomar mejores decisiones para que la igualdad sea real.
- Art. 37Este artículo dice que para asegurar que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades de verdad, se va a hacer lo siguiente: recopilar información sobre lo que empresas y gobierno hacen para lograr esa igualdad, revisar si esas acciones están funcionando en la sociedad, proponer estudios para entender cómo está la situación real de mujeres y hombres, y dar a conocer información sobre el tema. También deja abierta la posibilidad de hacer cualquier otra cosa que sea necesaria para cumplir con la ley.
- Art. 38Si una oficina o autoridad del gobierno de la Ciudad de México no respeta las reglas para que las mujeres tengan acceso igualitario a la justicia (por ejemplo, ignorando los programas o negando acciones necesarias), esa oficina será castigada según la Ley de Responsabilidades Administrativas local. Además, si lo que hizo el funcionario es un delito (como un abuso grave), también le puede tocar una condena penal, como cárcel o multa, según el Código Penal de la Ciudad de México.