Artículo 7 de la LEY DE IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que sea jefa o jefe de Gobierno de la Ciudad de México puede firmar acuerdos con otras instituciones, siempre a través de la Secretaría de las Mujeres. El objetivo es que, en todo el trabajo del gobierno, se tome en cuenta la igualdad entre hombres y mujeres en cada decisión o programa. También se busca que distintas dependencias trabajen juntas y se pongan en marcha acciones especiales para ayudar a grupos que han sido discriminados. Por último, se quiere promover que mujeres y hombres participen por igual en decisiones importantes, tanto en el gobierno como en la vida diaria, incluyendo la familia, el trabajo, la política y el deporte.
Texto oficial
Artículo 7.- La persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México podrá suscribir convenios, a través de la Secretaría de las Mujeres, a fin de: I. Lograr la transversalidad de la perspectiva de género en la función pública de la Ciudad de México; II. Impulsar la vinculación interinstitucional en el marco del Sistema; III. Fortalecer la implementación de acciones afirmativas que favorezcan la aplicación de una estrategia integral en la Ciudad de México; IV. Coadyuvar en la elaboración e integración de iniciativas y políticas de cooperación para el desarrollo de mecanismos de participación igualitaria de mujeres y hombres en la toma de decisiones, así como en la vida familiar, de cuidados, social, laboral, política, deportiva, cultural y civil, tanto en los ámbitos público como privado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.