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Artículo 26 de la LEY DE PATRIMONIO CULTURAL, NATURAL Y BIOCULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Social tiene varias tareas importantes. Puede aprobar sus propias reglas internas, revisar el presupuesto del Fondo del Cuidado del Patrimonio y dar su opinión sobre él. También puede proponer ideas para proteger el patrimonio cultural, natural y biocultural de la Ciudad, y opinar sobre si algo nuevo debe ser declarado como patrimonio. Además, ayuda a capacitar a las dependencias del gobierno y a crear formas para que niños, jóvenes y grupos prioritarios participen en cuidar el patrimonio. Por último, puede hacer otras cosas que indique la ley.

Texto oficial

Artículo 26. Son atribuciones del Consejo Social, las siguientes: I. Aprobar sus estatutos; II. Conocer el proyecto de presupuesto asignado para el Fondo del Cuidado del Patrimonio y emitir una opinión a la Comisión Interinstitucional; III. Emitir opinión y propuestas sobre el Programa de Salvaguardia del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad; IV. Opinar sobre las nuevas declaratorias de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural en la Ciudad; V. Coadyuvar en el diseño y ejecución del plan de capacitación, formación y sensibilización en materia de salvaguardia del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural, para las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados, Organismos Públicos Descentralizados y Alcaldías de la Ciudad; VI. Coordinar y crear mecanismos de participación social con instancias sociales y gubernamentales, que permita la incorporación de niñas, niños, jóvenes y grupos de atención prioritaria para la salvaguardia del patrimonio; VII. Coadyuvar con las autoridades en el desarrollo de actividades de difusión del Patrimonio Cultural, Natural o Biocultural de la Ciudad, encaminadas hacia la sociedad civil, fundamentalmente en los espacios educativos, culturales y turísticos; y VIII. Las demás que emanen de las disposiciones legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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