Artículo 36 de la LEY DE PATRIMONIO CULTURAL, NATURAL Y BIOCULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Patrimonio Biocultural son todos los conocimientos, costumbres y tradiciones que tienen los pueblos sobre la naturaleza, como sus creencias, leyendas y prácticas diarias. También incluye las plantas, animales y ecosistemas que están muy ligados a esas formas de vida. Todo esto se ha pasado de abuelos a nietos, como parte de su cultura. En pocas palabras, es lo que una comunidad sabe, hace y valora en relación con su entorno natural.
Texto oficial
Artículo 36. Se considera Patrimonio Biocultural, al conjunto de saberes, usos y representaciones sociales, manifestaciones, conocimientos, innovaciones técnicas, prácticas culturales tradicionales, y elementos de la diversidad biológica, cuyos componentes interactúan estrechamente ligados a través de la práctica diaria, la cosmovisión, las creencias, mitos, y leyendas relacionadas con la naturaleza, los cuales son transmitidos a través de generaciones como valores culturales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.