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Artículo 45 de la LEY DE PATRIMONIO CULTURAL, NATURAL Y BIOCULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Administración y Finanzas y la Secretaría de Cultura se van a poner de acuerdo para crear las reglas sobre cómo se reparte y funciona el Fondo. También van a decidir cómo pueden participar organizaciones de la sociedad y empresas privadas para conseguir más dinero para el Fondo. Básicamente, ellas definen quién pone dinero y cómo se usa. Esto está dentro del capítulo que habla de cómo la gente puede ayudar a cuidar el patrimonio cultural.

Texto oficial

Artículo 45. La Secretaría de Administración y Finanzas, en coordinación con la Secretaría de Cultura, establecerán los lineamientos y reglas para la distribución y operación de dicho Fondo. Asimismo, establecerán el mecanismo de participación de los sectores social y privado para diversificar las fuentes de financiamiento del Fondo. CAPÍTULO VI DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

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