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Artículo 46 de la LEY DE PATRIMONIO CULTURAL, NATURAL Y BIOCULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes derecho a conocer, disfrutar y cuidar todo lo que forma parte de la riqueza cultural, natural y biocultural de tu Ciudad, como ruinas, parques, lagos, animales o tradiciones. También puedes buscar información sobre eso, visitar esos lugares y aprender de ellos. El artículo te garantiza que nadie puede impedirte que explores y valores estos tesoros.

Texto oficial

Artículo 46. Toda persona tiene el derecho a identificar, conocer, acceder, disfrutar, desarrollar y valorar el Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.