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Artículo 47 de la LEY DE PATRIMONIO CULTURAL, NATURAL Y BIOCULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si ves o te enteras de que algo está dañando o podría destruir un lugar o edificio que sea Patrimonio de la Ciudad, tienes la obligación de reportarlo a la Procuraduría (que es la autoridad encargada de proteger esos bienes). No importa si no eres el dueño o si no tienes pruebas directas, con que tengas conocimiento del riesgo ya debes avisar.

Texto oficial

Artículo 47. Cualquier persona que tenga conocimiento de actos o hechos que impliquen peligro de destrucción o deterioro en un bien declarado Patrimonio de la Ciudad, deberá denunciarlo ante la Procuraduría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.