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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5290/68
Ley
LEY DE OBRAS PÚBLICAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
68

Artículo 68 de la LEY DE OBRAS PÚBLICAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en una dependencia del gobierno y te piden que aclares algún dato o documento sobre tu declaración de situación patrimonial (es decir, lo que tienes y debes), estás obligado a responder en un máximo de 10 días hábiles después de que te lo soliciten. Esto aplica solo si tu caso encaja en alguna de las situaciones que menciona el artículo 37 (como no presentar la declaración a tiempo o tener diferencias sospechosas en tus bienes). No cumplir con esto puede traerte problemas legales, así que más vale que respondas rápido y completo.

Texto oficial

Artículo 68.- Las dependencias, que se encuentre en alguno de los supuestos del artículo 37 a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que le sea requerido.

Ver texto oficial de la LEY DE OBRAS PÚBLICAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.