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Artículo 16 de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los CACI (Centros de Asistencia Infantil Comunitarios) deben estar, de preferencia, en la planta baja o en el primer piso para que los niños estén más seguros. Si el centro tiene dos o más pisos, tienen que poner protecciones como barandales o rejas para que los niños no se caigan y se lastimen. Esto aplica a todo tipo de instalaciones donde cuiden a niños pequeños. La idea es evitar accidentes, sobre todo si hay escaleras o desniveles.

Texto oficial

ARTÍCULO 16.- Los CACI deberán estar preferentemente, en la planta baja o primer piso, o en el caso de tener dos o más niveles, contar con dispositivos para evitar que los niños y niñas puedan lastimarse.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.