- Ley
- Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México.
- Artículo
- 23
Artículo 23 de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Centros de Asistencia y Convivencia Infantil (CACI) deben tener trabajadores bien preparados para hacer el trabajo que se les pida. Esto significa que el personal debe estar capacitado, es decir, tener los conocimientos y habilidades necesarias para atender a los niños y manejar las situaciones que se presenten. Es responsabilidad del centro asegurarse de que su equipo sepa cómo cumplir con sus deberes.
Texto oficial
ARTÍCULO 23.- Los CACI contarán con el personal capacitado, para la realización de las tareas que le sean encomendadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.