Artículo 42 de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los centros de cuidado infantil tienen que darte una credencial para que puedas identificarte tú y las personas que autorices para recoger a tus hijos. Esa credencial sirve para comprobar quién eres y quiénes están permitidos para llevarse a los niños. Bajo ninguna circunstancia te entregarán a tu hijo a alguien que no esté en esa lista de autorizados. Así que, si quieres que otra persona recoja a tu niño, debes asegurarte de incluirlo antes en la credencial.
Texto oficial
ARTÍCULO 42.- Los CACI deberán expedir una credencial al usuario con el objeto de que se identifique éste y las personas autorizadas para recoger a los niños o niñas. En ningún caso serán entregados a persona distinta a las autorizadas para recogerlos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.