Artículo 11 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN DE BIOÉTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El encargado de la Coordinación de Comités Hospitalarios de Bioética es quien se asegura de que estos comités funcionen bien. Sus tareas son: 1) Ayudar a crear y registrar estos comités en los hospitales de la Ciudad de México, siguiendo las reglas de la CONBIOÉTICA (la comisión nacional que los supervisa). 2) Revisar que los comités ya existentes trabajen correctamente, usando los métodos de supervisión que indica la CONBIOÉTICA. 3) Apoyar a juntar datos estadísticos que la CONBIOÉTICA necesite para llevar el control de los comités. 4) Hacer cualquier otra cosa que le pida el presidente o secretario técnico de la Comisión, siempre que sea legal.
Texto oficial
Artículo 11. La persona titular de la Coordinación de Comités Hospitalarios de Bioética, será la encargada de atender y dar seguimiento al trabajo de dichos Comités, quien tendrá las siguientes funciones: I. Promover la integración, registro y funcionamiento de los Comités Hospitalarios de Bioética en los establecimientos de atención médica del Sistema de Salud de la Ciudad de México, de acuerdo con lo dispuesto en la Guía emitida por la CONBIOÉTICA; II. Promover en los establecimientos de salud de la Ciudad de México el adecuado funcionamiento de los Comités Hospitalarios de Bioética, mediante los mecanismos de supervisión establecidos por la CONBIOÉTICA; III. Coadyuvar en la recopilación de información estadística que la CONBIOÉTICA estime necesaria para el control y seguimiento de los Comités Hospitalarios de Bioética; IV. Las demás que le sean asignadas por la persona titular de la Presidencia o de la Secretaría Técnica de la Comisión, conforme a la normatividad vigente aplicable.
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