Artículo 9 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN DE BIOÉTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que sea jefa o jefe de la Comisión de Salud del Congreso de la Ciudad de México tiene dos labores principales. La primera es encabezar y representar a la comisión cuando el presidente y el vicepresidente no estén. La segunda es hacer todo lo que otras leyes o reglas le indiquen que debe hacer. En pocas palabras, es como el suplente de los jefes de la comisión y también cumple con lo que digan los reglamentos.
Texto oficial
Artículo 9. La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Salud del Congreso de la Ciudad de México tendrá las siguientes funciones: I. Presidir y representar a la Comisión en ausencia de la presidencia y de la vicepresidencia; II. Las demás que le confieran disposiciones legales y administrativas vigentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.