Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 19 de la LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pidas la Evaluación de Circularidad, el gobierno revisará tu solicitud con las reglas y requisitos que ya hayan publicado. Después de revisarla, te dirán a tu empresa qué tan bien cumpliste con los Criterios de Circularidad (las reglas sobre qué tan sustentable o reciclable es tu producto).

Texto oficial

Artículo 19.- Una vez presentada la solicitud de Evaluación de Circularidad, conforme a las bases, requisitos, formalidades, procedimientos y mecanismos que para tales efectos se emitan, se dará a conocer a la empresa interesada el grado de cumplimiento obtenido con base en los Criterios de Circularidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.