Artículo 20 de la LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa sigue bien las reglas de reciclaje y cuidado del medio ambiente (a eso le llaman Criterios de Circularidad), puede ganarse el derecho a usar un sello especial o recibir premios que estén marcados en la ley. No es automático: entre más cumpla, más opciones tiene. Ese sello o incentivos son como un reconocimiento por hacer las cosas bien.
Texto oficial
Artículo 20.- Atendiendo el grado de cumplimiento de los Criterios de Circularidad, las empresas interesadas podrán ser candidatas a utilizar el distintivo de circularidad y/o obtener alguno de los incentivos establecidos en la normatividad aplicable.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.