Artículo 123 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El encargado de la Subdirección Jurídica del penal debe avisar al juez, dentro de las 24 horas siguientes, que trasladaron a una persona presa. Al mismo tiempo, el encargado de la Subdirección de Apoyo Técnico tiene que informarle del traslado a la familia del preso. Además, cuando se haga el traslado, deben mandar todo el expediente del caso. También tienen que hacer un cuadernillo con un resumen técnico y legal de los documentos que tenía el penal de donde salió la persona.
Texto oficial
Artículo 123. La persona titular de la Subdirección Jurídica, Técnica Jurídica, o Jurídica y Normativa del Centro Penitenciario, informará dentro de las 24 horas siguientes el traslado a la autoridad judicial que tiene a disposición a la persona privada de su libertad y la persona titular de la Subdirección de Apoyo Técnico lo informará a su familiar, conforme a lo señalado en el artículo 52 de la Ley Nacional. Asimismo, deberá remitir el expediente único al momento en que se realice el traslado de la persona privada de su libertad, debiendo integrar un cuadernillo con la síntesis técnica y jurídica correspondiente a los archivos con los que cuenta el Centro Penitenciario de origen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.