Artículo 140 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El equipo encargado de la prevención y atención de emergencias dentro de un centro penitenciario se forma con estas personas: un jefe principal (que es responsable de todo el inmueble), un suplente, un jefe por cada turno de trabajo, un jefe por cada brigada (como la de primeros auxilios o la de incendios) y los miembros de esas brigadas. El jefe principal elige a un encargado operativo que también es el representante del edificio. Además, el jefe principal arma las brigadas según los riesgos que se hayan identificado y nombra por escrito a los jefes de cada una. Todo esto queda por escrito y es oficial. Las brigadas obligatorias son: primeros auxilios, evacuación y rescate, combate de incendios, y vigilancia e información.
Texto oficial
Artículo 140. La Unidad encargada de la gestión integral de riesgos y protección civil, estará integrada de la siguiente forma: I. La persona responsable de la Unidad de Protección Civil (responsables del inmueble en materia de Protección Civil); II. La persona suplente del responsable de la Unidad; III. La persona o personas Jefes de Protección Civil, uno por cada turno del Centro Penitenciario; IV. La persona o personas Jefes por cada brigada de Protección Civil, y V. Las personas integrantes de las brigadas. La persona responsable de la Unidad de Protección Civil nombrará a un responsable operativo el cual fungirá también como persona titular del inmueble en el Centro Penitenciario. La persona responsable de la Unidad integrará las Brigadas de Protección Civil, con las especialidades que se requieran, de acuerdo al Análisis y Diagnóstico de Riesgos correspondiente. Asimismo, nombrará a la persona Jefe por cada Brigada que se forme. Los nombramientos se harán por escrito y tendrán carácter oficial. Para un mejor funcionamiento de la Unidad de Protección Civil, se apoyará de las Brigadas siguientes: I. Primeros Auxilios; II. Evacuación Búsqueda y Rescate; III. Prevención Control y Extinción de Fuegos, e IV. Información, Seguimiento, Seguridad y Vigilancia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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