Artículo 167 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una mujer entra a la cárcel, además del chequeo médico normal, le harán un examen ginecológico, pero solo si ella dice que sí. Nadie la puede obligar a hacerse ese estudio sin su permiso. Primero le tienen que preguntar si acepta y ella debe dar su autorización por escrito o de palabra. Si no quiere, el examen no se realiza.
Texto oficial
Artículo 167. Al ingreso de las mujeres privadas de la libertad, además del examen médico correspondiente, se le practicará un examen ginecológico previa autorización de la mujer privada de su libertad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.