Artículo 175 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que la Oficialía Mayor, a través de un área llamada Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, se encargará de checar que se cumpla lo que marca el artículo 93 de la Ley Nacional. Ese artículo habla sobre una cuenta especial que sirve para administrar lo que gana una persona con su trabajo, como su salario o ganancias. En pocas palabras, están vigilando que se maneje bien ese dinero.
Texto oficial
Artículo 175. La Oficialía Mayor por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, vigilará el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley Nacional, con relación a la cuenta para la administración de las ganancias o salarios con motivo del trabajo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.