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Artículo 20 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás en un penal, dependiendo si aún estás siendo juzgado o si ya te dieron sentencia firme, te van a separar en distintas áreas. A los que ya tienen una condena definitiva (que ya no se puede apelar), los van a mover rápido a otro centro especial solo para cumplir su sentencia. Las mujeres siempre estarán en cárceles distintas a las de los hombres, nunca las juntan.

Texto oficial

Artículo 20. Las personas procesadas y sentenciadas serán ubicadas en diferentes zonas dentro del Centro Penitenciario al que ingresen, dicha ubicación dependerá de su situación procesal. Las personas privadas de la libertad a las que se les dicte sentencia y haya causado ejecutoria serán trasladadas a la brevedad a los Centros Penitenciarios destinados a la ejecución de penas. Las mujeres serán internadas en Centros Penitenciarios diferentes de los destinados para los hombres.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.