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Artículo 215 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien está en la cárcel y tiene una enfermedad terminal, o si se muere su mamá, papá, hijo, hija, esposa, esposo o pareja, puede pedirle al juez un permiso especial para salir. Este permiso solo aplica si es dentro de la misma ciudad o en un lugar cercano, y solo si se puede hacer sin problemas. No aplica para personas encarceladas por delincuencia organizada o que tengan medidas especiales de seguridad. Si le dan el permiso, la autoridad del penal decide cómo y cuándo sale y regresa, bajo su responsabilidad. Si no le autorizan la salida, pueden dejar que el cuerpo del familiar fallecido entre un rato al penal, en un lugar que decidan los encargados.

Texto oficial

Artículo 215. La persona privada de su libertad podrá solicitar al Juez de Ejecución un permiso extraordinario de salida cuando se justifique por enfermedad terminal, fallecimiento de un pariente consanguíneo en línea ascendente o descendente de primer grado, cónyuge, concubina o concubinario o socio conviviente. Esta medida no aplicará para las personas privadas de su libertad por delincuencia organizada o aquellas sujetas a medidas especiales de seguridad. En caso de ser otorgado el permiso éste deberá ser dentro de la misma localidad o de un radio razonable condicionado a que este sea viable y materialmente posible. En estos casos, la Dirección Ejecutiva de Seguridad Penitenciaria, bajo su más estricta responsabilidad, fijará las condiciones y medidas de seguridad conforme a las cuales debe realizarse la salida y el reingreso. En caso de que no se autorice la salida de la persona privada de su libertad, se podrá permitir el acceso momentáneo del cuerpo del familiar fallecido al área que la persona titular de la Dirección o funcionario de guardia determine en coordinación con la Subdirección de Seguridad del Centro Penitenciario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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