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Artículo 25 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te acusan de un delito y estás en proceso legal, te van a tener en un lugar especial llamado Unidad de Medidas Cautelares mientras se decide si te inician un juicio formal o no. Si un juez determina que sí hay pruebas para seguir el proceso (eso es el auto de vinculación a proceso o el auto de formal prisión), de inmediato te tienen que mover al CDUDT, que es un centro de detención más serio. En pocas palabras, primero te evalúan en un área temporal, y si ven que el caso sigue adelante, te cambian a otro lugar más seguro.

Texto oficial

Artículo 25. Las personas procesadas permanecerán en el área denominada Unidad de Medidas Cautelares hasta en tanto se resuelva su situación jurídica, en caso de dictarse el auto de formal prisión o el auto de vinculación a proceso según sea el caso, serán reubicadas inmediatamente al CDUDT.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.