Artículo 32 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Centros Penitenciarios de Ejecución de Sanciones Penales son las cárceles donde la gente cumple su condena después de que un juez les dictó sentencia firme (es decir, que ya no se puede apelar). Ahí van a parar quienes fueron sentenciados a prisión por un delito. Básicamente, son los lugares donde se purga la pena de cárcel ya finalizada legalmente.
Texto oficial
Artículo 32. Los Centros Penitenciarios de Ejecución de Sanciones Penales son aquellos destinados al cumplimiento de las sanciones privativas de libertad impuestas por autoridad judicial competente mediante sentencia ejecutoriada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.