Artículo 35 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 35 dice que las cárceles de alta seguridad son para personas que están presas y son muy peligrosas, tanto que pueden poner en riesgo la seguridad de la institución. En esas cárceles van a haber áreas especiales para quienes necesitan vigilancia extra y tratamientos diseñados especialmente para reinsertarlos en la sociedad, pero solo para los que tienen ese perfil de alta peligrosidad.
Texto oficial
Artículo 35. Los Centros Penitenciarios de Alta Seguridad son aquellos destinados a las personas privadas de la libertad que por su perfil de alta peligrosidad, representan un alto riesgo para la seguridad y estabilidad institucional. En estos Centros Penitenciarios, existirán instalaciones para aquellas personas privadas de la libertad que requieran de medidas de vigilancia especial y para la aplicación de tratamientos de reinserción especializados a personas con un perfil de alta peligrosidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.