Artículo 42 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En los centros de rehabilitación psicosocial (lugares para personas con problemas de salud mental que cometieron delitos), van a crear un proceso para llevar un expediente de cada persona que esté detenida. En ese expediente van a guardar documentos que muestren cómo está su situación legal, su historial médico psiquiátrico, qué tratamiento le dieron y cómo le fue con ese tratamiento. Todo esto es para tener un control de lo que pasa con cada persona dentro del centro.
Texto oficial
Artículo 42. En los Centros Penitenciarios de Rehabilitación Psicosocial se establecerá un procedimiento administrativo para registrar a las personas privadas de la libertad, además de las constancias que acrediten su situación jurídica y médico psiquiátrica, el tratamiento administrado y los resultados obtenidos. CAPÍTULO VI CENTRO DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y DE INTEGRACIÓN SOCIAL
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.